Gratificación Legal 2026

Calcula tu gratificación legal según el Art. 47 del Código del Trabajo. Conoce el tope anual de 4.75 UTA y cómo afecta tu sueldo.

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Sobre gratificación legal 2026

Calcula tu gratificación legal según el Art. 47 del Código del Trabajo. Conoce el tope anual de 4.75 UTA y cómo afecta tu sueldo. Forma parte del catálogo de cálculos de beneficios laborales y derechos del Código del Trabajo de CalculaChile, todos con valores oficiales 2026 y bases legales citadas. La gratificación legal es un beneficio obligatorio que el empleador debe pagar a los trabajadores que devengan remuneraciones variables o que ganen menos de 4.75 UTA anuales. Está regulada por el Art.

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Valores oficiales 2026
Fuente oficial
UF
UTM
Dólar
Ing. Mínimo
$539.000

Preguntas frecuentes

¿Qué es la gratificación legal?

La gratificación legal es un beneficio obligatorio que el empleador debe pagar a los trabajadores que devengan remuneraciones variables o que ganen menos de 4.75 UTA anuales. Está regulada por el Art. 47 del Código del Trabajo y corresponde al 25% de la remuneración mensual, con un tope de 4.75 UTA anuales.

¿Cómo se calcula la gratificación?

La gratificación se calcula de dos formas y se paga la que resulte MAYOR: (1) 25% de la remuneración mensual con tope de 4.75 UTA, o (2) 4.75% del ingreso mínimo anual. En la práctica, casi siempre se aplica el 25% porque resulta más favorable para el trabajador.

¿Cuál es el tope de la gratificación?

El tope máximo de la gratificación es de 4.75 UTA (Unidades Tributarias Anuales) al año. La UTA equivale a 12 UTM. En 2026, con UTM a $67.900, el tope anual es aproximadamente $3.867.300. Esto equivale a unos $322.275 mensuales máximos de gratificación.

¿Todos los trabajadores tienen derecho a gratificación?

Tienen derecho a gratificación los trabajadores que ganen menos de 4.75 UTA anuales. Los trabajadores que excedan este monto no tienen derecho legal a gratificación, aunque el empleador puede otorgarla voluntariamente. También están excluidos los trabajadores de casa particular y algunos regímenes especiales.

¿La gratificación se paga mensual o anualmente?

El empleador puede pagar la gratificación mensualmente (anticipo) o en un solo pago anual. Lo más común es pagarla mensualmente junto con el sueldo. Si se paga anualmente, debe liquidarse en abril de cada año por el período abril-marzo anterior.

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